El aguinaldo es un derecho al que las personas trabajadoras del hogar no pueden renunciar y al mismo tiempo es una prestación más, además de las que ya tienen. Es un derecho contemplado en el Artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo. Debe ser de, al menos, el equivalente a 15 días de trabajo y debe pagarse a más tardar el 20 de diciembre. Quienes no hayamos concluido un año de trabajo, estemos o no trabajando en la fecha del pago del aguinaldo, tenemos derecho a recibir la parte proporcional trabajada en ese año.
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