¿CUÁLES SON NUESTROS DERECHOS COMO PERSONAS TRABAJADORAS DEL HOGAR?

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Nuestros derechos como personas trabajadoras del hogar son los siguientes: Trato respetuoso (sin nombres despectivos o denigrantes, sin malos tratos, sin violencia verbal, física, psicológica y sexual).
El Capítulo XIII en materia de Personas Trabajadoras del Hogar de la Ley Federal del Trabajo, establece en su Artículo 334 Bis que «las personas trabajadoras del hogar contarán con las siguientes prestaciones conforme a las disposiciones de la presente Ley y estarán comprendidas en el régimen obligatorio del seguro social:
a) Vacaciones;
b) Prima vacacional;
c) Pago de días de descanso;
d) Acceso obligatorio a la seguridad social;
e) Aguinaldo; y
f) Cualquier otra prestación que se pudieren pactar entre las partes.»
Salario digno.
Contrato de trabajo por escrito.
Jornada laboral justa.
Horas extras pagadas.
Jubilación.
Prima de antigüedad.
Pago de días de descanso obligatorios (Artículo 74° LFT)
Día y medio de descanso obligatorio a la semana, de preferencia, sábado o domingo.
Indemnización.
Liquidación.
Derecho a la asociación.

Habilidades

Publicado el

noviembre 17, 2022